CINGOLANI BERNARDO FABIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El trabajador apeló el rechazo de su demanda por derechos del Programa de Propiedad Participada. La Cámara modifica la sentencia y ordena el pago de la indemnización correspondiente.
¿Quién es el actor?
Bernardo F. Cingolani
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Economía; YPF S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Obtener el reconocimiento del derecho a adquirir acciones Clase "C" o el pago de los derechos accionarios que le corresponden en el Programa de Propiedad Participada de YPF.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y hace lugar a la demanda, condenando al Estado Nacional a pagarle a Cingolani la suma de $ 35.249,75 más intereses, por las acciones del Programa de Propiedad Participada que le correspondían y que no le fueron entregadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Si bien Cingolani egresó de YPF con posterioridad al 7/7/1993, no fue excluido del Programa de Propiedad Participada y solo cobró 103 de las 3.542 acciones que le correspondían, por lo que tiene derecho al resarcimiento por la privación de las restantes acciones. Para determinar la indemnización, se toma en cuenta que el trabajador debe ser asimilado a la situación de los trabajadores activos que adhirieron al Programa, recibieron las acciones, cancelaron su deuda y vendieron los títulos en 1997.
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