VIEYRA DE LOPEZ OLGA HERMINDA Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DEL INTERIOR POLICIA FEDERAL s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados del fallecimiento del esposo y padre, suboficial de la Policía Federal. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la demanda al entender que los daños sufridos se encuadran en la doctrina de la Corte Suprema sobre actos de servicio de las fuerzas de seguridad.
Cobro de $740.000 por fallecimiento del esposo y padre, suboficial de la Policía Federal, ocurrido durante un enfrentamiento con delincuentes
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda
Los fundamentos principales son:
- La Corte Suprema ha establecido que el personal de las fuerzas armadas o de seguridad que sufre daños o lesiones como consecuencia del desempeño de funciones o misiones específicas, solo tiene derecho a los beneficios previstos en las leyes y reglamentos militares o de las fuerzas de seguridad, sin poder reclamar indemnización por la vía civil, salvo que el daño tenga origen en un "acto típicamente accidental".
- En el caso, los daños sufridos por el suboficial fallecido se produjeron en el marco de un enfrentamiento armado con delincuentes, encuadrándose así en la doctrina de la Corte Suprema que excluye este tipo de hechos del ámbito indemnizatorio civil.
- La circunstancia de que el agente se encontrara de franco de servicio no modifica la calificación, ya que el estado policial implica deberes y obligaciones permanentes más allá del horario de trabajo.
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