MUSICO ANTONIO Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTROS s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA
Los trabajadores de Telefónica de Argentina S.A. reclamaron el pago de los bonos de participación en las ganancias. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó parcialmente la sentencia y condenó a Telefónica a abonar los bonos de participación correspondientes a los trabajadores que mantuvieron la relación laboral.
Pago de bonos de participación en las ganancias previstos en la Ley N° 23.696
¿Qué se resolvió?
Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia. Se condena a Telefónica de Argentina S.A. a pagar a los trabajadores que mantuvieron la relación laboral los bonos de participación en las ganancias correspondientes a los 10 años anteriores a la presentación de la demanda. Se rechaza la demanda respecto de los trabajadores que no estaban empleados en Telefónica al momento de la privatización.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El plazo de prescripción aplicable es el decenal del art. 4023 del Código Civil, computado desde cada ejercicio en que correspondía el pago de los bonos, y no desde la publicación del decreto que los suprimió.
- Los trabajadores que mantuvieron la relación laboral tienen derecho a percibir los bonos de participación de las ganancias de los 10 ejercicios anteriores a la demanda.
- El Estado Nacional debe indemnizar el daño por la demora en el pago de los bonos, con intereses.
- Telefónica de Argentina S.A. debe pagar una suma representativa del lucro que habrían obtenido los trabajadores si hubieran contado con los bonos de participación en tiempo oportuno.
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