KID'S CARE SRL c/ OBRA SOCIAL CHOFERES DE CAMIONES Y OTRO s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
La obra social demandada apela la sentencia que ordenó el pago de facturas impagas por servicios médicos. La Cámara confirmó la decisión al considerar que el silencio de la obra social al recibir las facturas implica su reconocimiento.
¿Quién es el actor?
KID'S CARE SRL
- Demandados: OBRA SOCIAL DE CHOFERES DE CAMIONES (OSCHOCA) y su gerenciadora IARAI SOCIEDAD ANONIMA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de facturas impagas por servicios médicos de internación domiciliaria
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó a la obra social y su gerenciadora al pago de las facturas reclamadas.
Los principales fundamentos fueron:
- Los jueces no están obligados a analizar todos los argumentos de las partes, sino solo los que consideren relevantes para resolver el conflicto.
- La vaguedad con la que las demandadas invocaron la causa penal no permitió al juez darle valor probatorio.
- El silencio de la obra social al recibir las facturas implica su reconocimiento, conforme al art. 474 del Código de Comercio.
- La falta de recepción de una factura no impide su cobro si está registrada en los libros de la actora y no fue impugnada.
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