MEDINA RODOLFO OSVALDO Y OTROS c/ SINDICATO DE ACC CLASE C PPP DE TELEFONICA ARGENTINA SA Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Exaccionistas del PPP de Telefónica demandaron por reajuste del precio de venta de sus acciones. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda, al considerar que la adhesión al PPP fue voluntaria y no se acreditó daño por parte del Estado.
- Actores: Exaccionistas del PPP de Telefónica
- Demandados: Sindicato de Accionistas Clase C PPP de Telefónica y Estado Nacional
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del precio de venta de las acciones clase C al Fondo de Garantía y Recompra, con indemnización por daños
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda. La Cámara consideró que la adhesión al PPP fue voluntaria y no se acreditó responsabilidad estatal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El PPP buscaba atemperar el impacto social de la privatización, permitiendo a los trabajadores participar en la propiedad y gestión de la empresa.
- Los actores cumplieron con las etapas de adhesión al PPP, que era un régimen conocido y aceptado por ellos. No probaron vicios en su voluntad.
- El precio de venta de las acciones al Fondo de Garantía y Recompra se fijó conforme a la normativa vigente al momento del cese de la relación laboral.
- Las acciones clase C no cotizaban en bolsa, por lo que no corresponde tomarlas como referencia para el reajuste del precio.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: