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MACHUCA FREDY ORLANDO c/ CRUCERO DEL NORTE SRL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños derivados de un accidente ocurrido mientras viajaba en un micro de la empresa demandada. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda por considerar que el daño fue causado por la intervención de un tercero ajeno a la transportista.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Transporte de pasajeros Eximente de responsabilidad Culpa de tercero

¿Qué se resolvió en el fallo?

Fredy Orlando Machuca demandó a Crucero del Norte S.R.L. y su aseguradora por los daños sufridos el 23 de diciembre de 2008 mientras viajaba en uno de los micros de la empresa. Relató que, mientras dormía en el piso superior del micro, una señora de gran contextura física enganchó con la correa de su cartera el pulgar recientemente operado, provocándole la rotura de la tenorrafía. El juez de primera instancia rechazó la demanda por considerar que se trataba de un caso de culpa de un tercero, lo cual exime de responsabilidad a la transportista. La Cámara confirmó la sentencia apelada, considerando que la intervención de la pasajera ajena a la demandada constituyó un hecho imprevisible e inevitable que exime de responsabilidad a Crucero del Norte según el art. 184 del Código de Comercio.

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