ANRIQUEZ GISELA ALEJANDRA c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE FARMACIA s/NULIDAD DE ACTO JURIDICO
La demandante promovió demanda por nulidad de acto jurídico y daños y perjuicios contra su obra social. La Cámara de Apelaciones declaró mal concedido el recurso de la obra social por no superar el monto mínimo establecido por ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Gisela Alejandra Anriquez inició demanda contra la Obra Social del Personal de Farmacia por nulidad de acto jurídico, restitución de aportes y/o contribuciones, y daños y perjuicios por $20.000. En primera instancia, el juez hizo lugar a la nulidad planteada y admitió la acción de daños, fijando el resarcimiento en $3.000. La obra social apeló dicha decisión. La Cámara de Apelaciones declaró mal concedido el recurso, ya que el monto cuestionado no superaba el mínimo de $20.000 previsto en el Código Procesal. Los jueces Guarinoni, Medina y Gusman coincidieron en que, al estar comprometido el orden público, el tribunal podía examinar de oficio la procedencia del recurso, más allá de la concesión del a quo y la conformidad de las partes.
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