PIDAL ERNESTO ANDRES Y OTROS c/ EDESUR SA Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Los ex empleados de SEGBA demandaron a Edesur SA y al Estado Nacional por el reconocimiento de derechos accionarios en el Programa de Propiedad Participada. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la demanda.
Reconocimiento de derechos accionarios en el Programa de Propiedad Participada (PPP) y cobro de bonos de participación
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda
El tribunal consideró que:
- Los actores adhirieron al PPP implementado en Edesur y se les asignaron acciones que fueron liberadas progresivamente.
- Al desvincularse voluntariamente de Edesur, los actores perdieron su condición de accionistas, teniendo derecho sólo a percibir el importe de las acciones que habían pagado.
- El PPP buscaba atenuar el impacto social de la privatización, permitiendo a los trabajadores participar en los beneficios y la gestión, pero la desvinculación voluntaria es incompatible con la permanencia en el programa.
- No hubo demora irrazonable ni negligencia estatal en la implementación del PPP.
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