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DIAZ JUAN CARLOS Y OTROS c/ SINDICATO ACC CLASE C TELECOM ARGENTINA STET FRANCE Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Accionistas del Programa de Propiedad Participada de Telecom Argentina reclaman diferencias en el precio de venta de sus acciones, pero la Cámara confirma el rechazo de la demanda por falta de legitimación sustancial.

Legitimacion procesal Programa de propiedad participada Venta de acciones Telecom argentina Recompra de acciones

Cobro de diferencia entre el precio recibido por la venta de acciones al Fondo de Garantía y Recompra y el valor de mercado, más daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara desierto el recurso de apelación, confirmando el rechazo de la demanda en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El juez considera que los agravios del apelante no satisfacen los requisitos del Código Procesal, ya que no critican de modo razonado el principal argumento de la sentencia impugnada, que es la falta de legitimación sustancial de los actores para reclamar respecto de la implementación concreta de las operaciones de recompra de acciones, y no sobre las normas que crearon el Programa de Propiedad Participada.

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