TORRES JOSE ALBERTO c/ BANCO DE LA NACION ARGENTINA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Rechazo de demanda por daños y perjuicios derivados del rechazo de un crédito hipotecario. La Cámara confirma la sentencia de primera instancia por falta de prueba del daño.
Daños y perjuicios por rechazo de solicitud de crédito hipotecario debido a informes negativos sobre la situación financiera del actor en los registros de los bancos demandados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma el rechazo de la demanda por falta de prueba. El actor no logró acreditar la relación causal entre la conducta de los bancos y los daños alegados, ni la existencia y monto de esos daños. Se consideró que el actor incurrió en el defecto de orfandad probatoria al no cumplir con la carga de probar los hechos que afirmaba.
Fundamentos principales:
- "Quien inicia una acción de daños y perjuicios toma a su cargo una actividad probatoria cuyo incumplimiento lo expone al riesgo de no lograr la demostración de los hechos oportunamente afirmados."
- "En el tipo de proceso dispositivo que rige las cuestiones civiles, la ley distribuye entre los litigantes la carga de la prueba de sus afirmaciones, pues como principio general, el legislador coloca al actor en la obligación de probar lo que alega, bajo apercibimiento de caer en la difícil situación de no creerle sus dichos."
- "En el caso particular que aquí interesa no existen medios que acrediten la invocada solicitud del crédito que el interesado aduce haber presentado ante la mencionada institución bancaria, ni de la denegatoria alegada que habría estado respaldada por la emisión de un informe erróneo confeccionado en base a la información suministrada por los bancos emplazados."
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