ROSSMORE GROUP INC c/ LABORATORIO NEO QUIMICA COMERCIO E INDUSTRIA LTDA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA
El actor solicitó el registro de la marca NEOCHEMICAL para distinguir medicamentos destinados al tratamiento de afecciones gastroenterológicas. La Cámara Civil y Comercial Federal revocó la sentencia de primera instancia y declaró infundada la oposición de la marca NEO QUÍMICA.
Solicitud de registro de la marca "NEOCHEMICAL" en clase 5 para medicamentos gastroenterológicos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y declaró infundada la oposición.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El vocablo "NEO" es de uso común en la clase 5, por lo que la demandada no puede monopolizar su uso.
- A pesar de la similitud ideológica, en los planos gráfico y fonético las marcas son diferentes, sobre todo por el segundo término "CHEMICAL" vs "QUÍMICA".
- La ausencia de uso previo de la marca "NEO QUÍMICA" en Argentina disminuye el riesgo de confusión.
- La limitación del registro solicitado a medicamentos gastroenterológicos también reduce el riesgo de confusión.
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