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CARPINACCI GUILLERMO ROBERTO Y OTROS c/ CEMIC s/INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

El actor promovió demanda por incumplimiento de contrato contra una empresa de medicina prepaga. La Cámara confirmó la cobertura parcial de las prestaciones indicadas por profesionales ajenos a la cartilla de la entidad demandada.

Discapacidad Medicina prepaga Protesis Cobertura Tratamiento interdisciplinario Prestaciones integrales


¿Quién es el actor?

GUILLERMO ROBERTO CARPINACCI y HELENA CRISTINA ROMERO CARRANZA por sí y en representación de su hijo menor de edad MAXIMO CARPINACCI

¿A quién se demanda?

CENTRO DE EDUCACIÓN MÉDICA E INVESTIGACIONES CLÍNICAS NORBERTO QUIRNO (CEMIC)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura de prestaciones de salud para el hijo menor con discapacidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la cobertura parcial ordenada en primera instancia, estableciendo que CEMIC debe cubrir las prestaciones al valor del nomenclador, con excepción de aquellas indicadas por profesionales de la cartilla de CEMIC, donde debe asumir el costo total. Ordenó también la cobertura del medicamento ACTH y de las prótesis al 50%. Fundamentos principales:
- Correspondía la cobertura de las prestaciones básicas de rehabilitación, terapia ocupacional y maestra integradora, por tratarse de un menor con discapacidad, incluyendo aquellas indicadas por profesionales ajenos a la cartilla, por ser necesarias para la continuidad del tratamiento.
- La ley 24.901 es aplicable a las entidades de medicina prepaga como CEMIC, debiendo brindar cobertura integral a las personas con discapacidad, más allá de los topes del nomenclador.
- CEMIC no cumplió con la obligación de otorgar la cobertura del 50% de las prótesis, por lo que corresponde imponerle las costas.

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