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SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES c/ DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO s/REPETICION

La Sociedad Italiana de Beneficencia demandó a la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso por repetición de honorarios periciales. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que rechazó la demanda.

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La Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires demandó a la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso (DAS) solicitando la repetición de $95.100 correspondientes a honorarios periciales que la Sociedad Italiana había pagado en un juicio anterior contra la DAS. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. El tribunal entendió que los argumentos de la demandada eran una mera reiteración de los expuestos al contestar la demanda, sin realizar una crítica concreta y razonada. Señaló que el perito se limitó a ejercer una opción contemplada en el Código Procesal, y que el litigante no condenado en costas tiene la obligación legal de afrontar la deuda, sin posibilidad de repetir lo pagado a su contrario. Además, consideró que los embargos en las cuentas de la Sociedad Italiana fueron consecuencia de su propia torpeza al no pagar en tiempo oportuno su parte de los honorarios.

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