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TELCOM ARGENTINA SA c/ TELECOM ARGENTINA SA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

La empresa TELCOM promovió demanda por el cese de la oposición al registro de su marca "CARGA RÁPIDA". La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la sentencia de primera instancia y admitió la demanda de TELCOM.

Competencia Consumidor Oposicion Registro Marca Confusion Distintividad Similitud


- Actor: TELCOM ARGENTINA SA
- Demandado: TELECOM ARGENTINA SA
- Objeto de la demanda: Cese de oposición al registro de la marca "CARGA RÁPIDA" por parte de TELCOM.
- Decisión del tribunal:
- El juez de primera instancia rechazó la demanda, considerando que existía similitud confusionista entre las marcas "CARGA RÁPIDA" y "RECARGA TELECOM".
- La Cámara revocó la sentencia y admitió la demanda de TELCOM, considerando que si bien las marcas comparten el término "carga", este es de uso común y no puede apropiarse exclusivamente. Además, el término "rápida" y la inclusión de "TELECOM" en la marca oponente generan suficiente diferenciación.
- El tribunal señaló que la ley ampara a la marca tal como está registrada, por lo que no se pueden hacer conjeturas sobre futuras alteraciones de la marca por parte del solicitante.
- Finalmente, la Cámara consideró que no existen razones jurídicas que obstaculicen el registro de la marca "CARGA RÁPIDA" solicitada por TELCOM.

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