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BORI, NORMA NOEMI c/ UNION PERSONAL s/INCUMPLIMIENTO DE PRESTACION DE OBRA SOCIAL/MED. PREPAGA

La actora promovió un amparo para mantener su cobertura de salud como beneficiaria titular de la obra social. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la decisión que había rechazado la medida cautelar y ordenó a la obra social reincorporar a la actora como beneficiaria titular.

Obra social Medida cautelar Jubilacion Amparo Cobertura de salud Peligro en la demora Fumus boni iuris


- Actor: Norma Noemi Bori
- Demandado: Unión Personal
- Objeto: Garantizar la cobertura de salud como afiliada obligatoria al Plan Dorado de la obra social tras jubilarse.
- Decisión: La Cámara revocó la resolución de primera instancia que había rechazado la medida cautelar solicitada por la actora. Ordenó a la obra social que la reafilie al mismo plan del que era beneficiaria titular antes de jubilarse, debiendo la actora abonar el costo adicional si se tratara de un plan superador. Los principales fundamentos fueron:
- La medida cautelar no requiere una prueba acabada del derecho, sino solo una apariencia de buen derecho ("fumus boni iuris"). En este caso, se encontró acreditado que la actora estaba afiliada al Plan Dorado y manifestó voluntad de continuar con dicha afiliación tras jubilarse, lo que se considera suficiente para tener por acreditado el "fumus boni iuris".
- Respecto al peligro en la demora, se consideró que este se verifica con la sola incertidumbre de la actora sobre la continuidad de los servicios médico-asistenciales, lo que aconseja no introducir cambios al respecto hasta tanto se resuelva el fondo del conflicto.
- En cuanto a la contracautela, se tuvo por prestada la caución juratoria solicitada por la actora.

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