GENOVESI ORUETA MARCELA MARINA c/ EDENOR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un corte de suministro eléctrico. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó parcialmente la sentencia y fijó un mayor monto por el rubro "pérdida de chance".
- La actora Genovesi Orueta Marcela Marina demandó a Edenor S.A. por daños y perjuicios derivados de un corte de suministro eléctrico que afectó diversos equipos de su agencia de turismo.
- En primera instancia, se hizo lugar a la demanda y se condenó a Edenor a pagar $27.000. Ambas partes apelaron.
- La Cámara confirmó la responsabilidad de Edenor, por incumplimiento en la prestación del servicio público de electricidad.
- Respecto a los rubros indemnizatorios, confirmó los montos fijados por el juez de primera instancia, salvo en el rubro "pérdida de chance", que se incrementó a $10.000.
- El tribunal consideró acreditado que el corte de energía frustró la celebración de un contrato entre la actora y la empresa Snow Travel Argentina S.A. para la venta exclusiva de sus servicios, configurando una "pérdida de chance" resarcible.
- Las costas de ambas instancias fueron impuestas a la demandada vencida.
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