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FEDERACION MEDICA DE MISIONES c/ INSTITUTO NAC DE SERV SOC PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/INCUMPLIMIENTO DE PRESTACION DE OBRA SOCIAL/MED. PREPAGA

La Federación Médica de Misiones promovió demanda por cobro de deuda contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. La Cámara Civil y Comercial Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de la deuda consolidada conforme a la Ley 25.725.

Intereses Obra social Consolidacion de deudas Astreintes Seguridad social Cobro de deuda Ley 25 725


- Actor: Federación Médica de Misiones
- Demandado: Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP)
- Objeto: Cobro de deuda por $2.538.407,43 reconocida por el INSSJP en 2002.
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el pago de la deuda consolidada conforme a la Ley 25.725. Señaló que la deuda se encuentra consolidada y debe devengarse intereses hasta la fecha de corte (30/06/2002) según la tasa activa del Banco Nación. A partir de allí, se aplicarán los intereses previstos en la normativa de consolidación.
- Fundamentos:
- El juez de primera instancia tuvo por acreditada la deuda a favor de la actora, reconocida por el INSSJP en 2002.
- El INSSJP incurrió en una conducta arbitraria al demorar injustificadamente el pago de la deuda reconocida.
- La deuda se encuentra consolidada en los términos de la Ley 25.725, por lo que corresponde aplicar el régimen de consolidación, con intereses hasta la fecha de corte (30/06/2002) y luego los previstos en dicha normativa.

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