DIAZ SEPULVEDA LUIS ALBERTO Y OTROS c/ YPF SA Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La actora promovió demanda contra YPF S.A. y el Estado Nacional por exclusión del Programa de Propiedad Participada. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la demanda de la coactora Freites por no encontrarse en relación de dependencia con YPF al 1° de enero de 1991.
- Actores: Luis Alberto Díaz Sepúlveda y otros
- Demandados: YPF S.A. y Ministerio de Economía
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por exclusión del Programa de Propiedad Participada de YPF
¿Qué se resolvió?
Se confirma el rechazo de la demanda de Silvia Alejandra Freites por no cumplir con los requisitos de la ley 25.471. Se confirma la condena al Estado Nacional a pagar a Julio César Sosa $10.619 más intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema en el fallo "Antonucci" reconoció una indemnización a trabajadores de YPF excluidos del Programa de Propiedad Participada por causas ajenas a su voluntad.
- La ley 25.471 implementó esta indemnización, pero excluye a quienes se desvincularon de YPF antes del 1° de enero de 1991.
- Silvia Alejandra Freites ingresó a YPF en 1992, por lo que no puede encuadrarse en los beneficiarios de la ley 25.471.
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