DIAZ SEPULVEDA LUIS ALBERTO Y OTROS c/ YPF SA Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La actora promovió demanda contra YPF S.A. y el Estado Nacional por exclusión del Programa de Propiedad Participada. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la demanda de la coactora Freites por no encontrarse en relación de dependencia con YPF al 1° de enero de 1991.
- Actores: Luis Alberto Díaz Sepúlveda y otros
- Demandados: YPF S.A. y Ministerio de Economía
- Objeto: Reclamo por exclusión del Programa de Propiedad Participada de YPF
- Decisión: Se confirma el rechazo de la demanda de Silvia Alejandra Freites por no cumplir con los requisitos de la ley 25.471. Se confirma la condena al Estado Nacional a pagar a Julio César Sosa $10.619 más intereses.
- Fundamentos:
- La Corte Suprema en el fallo "Antonucci" reconoció una indemnización a trabajadores de YPF excluidos del Programa de Propiedad Participada por causas ajenas a su voluntad.
- La ley 25.471 implementó esta indemnización, pero excluye a quienes se desvincularon de YPF antes del 1° de enero de 1991.
- Silvia Alejandra Freites ingresó a YPF en 1992, por lo que no puede encuadrarse en los beneficiarios de la ley 25.471.
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