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MARCANI, ANDRES Y OTROS c/ MINSTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

Los actores promovieron demanda contra el Estado Nacional por el beneficio previsto en la ley 26.700 a favor de ex trabajadores de Altos Hornos Zapla. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia de primera instancia al establecer que las diferencias a favor de los actores deben pagarse con los intereses comprendidos en los bonos de consolidación de la deuda pública.

Resarcimiento Programa de propiedad participada Ley 26 700 Ex trabajadores Deuda publica


- Actores: Andrés Marcani, Arturo Ramón Soruco, Graciela Carmen Guzmán, Pedro Alberto Sánchez y Osvaldo Soruco

¿A quién se demanda?

Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamar el beneficio previsto en la ley 26.700 a favor de ex trabajadores de Altos Hornos Zapla

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando que las diferencias a favor de los actores (excepto Osvaldo Soruco) se paguen con los intereses comprendidos en los bonos de consolidación de la deuda pública. Se revocó la imposición de costas respecto de Osvaldo Soruco.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La ley 26.700 es operativa y otorga un derecho a los ex trabajadores de Altos Hornos Zapla transferidos a Aceros Zapla en 1992, con antigüedad mínima a agosto de 1990. El pago debe efectuarse con bonos de consolidación de deuda pública, incluyendo intereses, conforme lo dispuesto en la ley.

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