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ARROYO BEATRIZ CRISTINA Y OTRO c/ AMSA MN OMBU GALENO Y OTROS s/INCUMPLIM.DE PREST.DE OBRA SOC./ MED.PREPAGA

La actora promovió demanda por incumplimiento de prestación de obra social/medicina prepaga. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia de primera instancia, haciendo lugar parcialmente al reclamo por daño psicológico.

Dano moral Responsabilidad civil Obra social Dano psicologico Medicina prepaga Incumplimiento Tromboembolismo

Incumplimiento de prestación de obra social/medicina prepaga que derivó en el fallecimiento de Ramón Antonio Giménez

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, admitiendo el reclamo por daño psicológico de las actoras y extendiendo la condena a la obra social OSPACA. Confirmó los montos fijados por daño material y moral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La demora en la provisión de los insumos médicos necesarios para la intervención quirúrgica del causante ocasionó su fallecimiento por tromboembolismo pulmonar.
- Las demandadas, como integrantes del sistema de salud, deben responder por la falta de diligencia y coordinación en la atención del paciente.
- Corresponde reconocer el daño psicológico sufrido por las actoras, acreditado por la pericia, como un rubro autónomo del daño moral.
- Las obligaciones de las demandadas son de carácter concurrente, no solidarias.

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