SARCO LINDOR DALMACIO Y OTROS c/ TELECOM ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA
Los trabajadores demandaron a las empresas telefónicas por la falta de entrega de bonos de participación en las ganancias. La Cámara revocó parcialmente la sentencia y condenó a la empresa telefónica a pagar los montos correspondientes, pero hizo lugar a la prescripción alegada por el Estado Nacional.
- Actores: Trabajadores que fueron transferidos de la empresa estatal a las empresas telefónicas (Sarco, Céspedes, Soria, Hamze, De Cillis, Cabrera, Ortega, Grane, D'Agostino y Cejas)
- Demandados: Telecom Argentina S.A. y Estado Nacional
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por falta de entrega de bonos de participación en las ganancias previstos en la Ley 23.696
¿Qué se resolvió?
Se revoca la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por prescripción, y se condena a Telecom Argentina S.A. a pagar a los actores las sumas correspondientes a los bonos de participación en las ganancias, desde marzo de 2002 y hasta que la sentencia quede firme. Se hace lugar a la excepción de prescripción opuesta por el Estado Nacional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Conforme al criterio de la CSJN en "Domínguez", el reclamo se refiere a créditos que se devengan periódicamente, por lo que corresponde aplicar el plazo de prescripción quinquenal del art. 4027 inc. 3 del Código Civil.
- La responsabilidad de Telecom Argentina S.A. deriva de la Ley 23.696, y debe indemnizar el lucro cesante por la falta de entrega de los bonos.
- La responsabilidad del Estado Nacional deriva de la frustración de los beneficios por el dictado del Decreto 395/92, declarado inconstitucional, por lo que solo debe indemnizar los intereses desde la entrada en vigencia de dicho decreto.
- Las costas se distribuyen por su orden dada la complejidad de la cuestión y la diversidad de criterios jurisprudenciales.
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