OUTFIT7 LIMITED c/ BA MALL SRL s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA
La actora solicitó el cese de la oposición al registro de la marca TALKING TOM. La Cámara revocó la decisión de primera instancia y ordenó el pago de una caución por parte de la actora para acceder a la jurisdicción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, OUTFIT7 LIMITED, una empresa que radica en el extranjero, inició una demanda a fin de que se declare infundada la oposición realizada por la demandada, BA MALL SRL, a las solicitudes de registro de la marca "TALKING TOM" en siete clases del nomenclador. El juez de primera instancia había rechazado la excepción de arraigo opuesta por la demandada, aplicando el art. 2610 del Código Civil y Comercial que establece la igualdad de trato para acceder a la jurisdicción entre ciudadanos y residentes extranjeros. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión de primera instancia. Consideró que si bien el art. 2610 consagra dicho principio de igualdad, ello no incide sobre la normativa del art. 348 del Código Procesal Civil, que establece la excepción de arraigo cuando el demandante no tiene bienes ni domicilio en el país. Al darse estas condiciones en el caso, corresponde hacer lugar al pedido de arraigo de la demandada. La Cámara fijó el monto del arraigo en $220.000 que podrá ser sustituido por otras garantías.
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