DELGADO, CARLOS RAFAEL c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/INCUMPLIMIENTO DE PRESTACION DE OBRA SOCIAL/MED. PREPAGA
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirma la sentencia que ordenó a la obra social restablecer la afiliación de un jubilado y garantizar la cobertura de los tratamientos que requiera.
¿Quién es el actor?
Carlos Rafael Delgado
¿A quién se demanda?
Obra Social de la Unión de Personal Civil de la Nación (Unión Personal)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incumplimiento de prestación de obra social/medicina prepaga
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. La Cámara ratifica que el acogimiento a la jubilación no determina el cese automático de la afiliación a la obra social, siendo el jubilado quien tiene derecho a optar por la cobertura que prefiera.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La interpretación armónica de las leyes 18.610, 18.980 y 19.032, y de los decretos 292/95 y 492/95 conduce a concluir que el acogimiento al beneficio jubilatorio por parte del afiliado a una obra social determinada, no determina, sin más, el cese de la afiliación ni el pase del beneficiario al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados. En cualquier caso, es el beneficiario quien tiene el derecho a optar por la obra social que prefiera".
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