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TERENZI ROMAN GUSTAVO Y OTRO c/ CAJA DE SEGUROS SA Y OTRO s/COBRO DE SEGURO

Los actores reclamaron el cobro de un seguro de vida de su madre fallecida. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda, considerando válida la aplicación del plazo de carencia establecido en un endoso a la póliza.

Relacion de consumo Notificacion Endoso Seguro de vida colectivo Plazo de carencia


¿Quién es el actor?

Román Gustavo TERENZI y María Fernanda TERENZI

¿A quién se demanda?

CAJA DE SEGUROS DE VIDA S.A. y DIRECCIÓN DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACIÓN (D.A.S.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de seguro de vida colectivo de la madre de los actores, fallecida en 1999.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda. La Cámara consideró válida la aplicación del plazo de carencia de 6 meses establecido en un endoso a la póliza de seguro, el cual se encontraba vigente al momento de la contratación por la madre de los actores. Señaló que la falta de notificación del endoso a la asegurada no lo vuelve inoponible, ya que ella no era asegurada al momento de su dictado. Asimismo, indicó que las modificaciones contractuales de las pólizas no están sujetas al régimen de información al consumidor, al ser un seguro de carácter facultativo.

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