GOYENECHE ROUX, MARIA ALEJANDRA c/ OSECAC Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la falta de atención médica a su padre, paciente de la obra social. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por daño psíquico y daño moral.
¿Quién es el actor?
María Alejandra Goyeneche Roux
- Demandados: Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC), Gerenciamiento Hospitalario S.A. y TPC Compañía de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por falta de atención médica al padre del actor, quien falleció.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se confirmó la responsabilidad de las demandadas, pero se modificaron algunos montos indemnizatorios:
- Se confirmó el monto de $40.000 por "Valor Vida"
- Se hizo lugar al rubro "Daño Psíquico" y se fijó en $50.000
- Se aumentó el monto de "Daño Moral" a $150.000
- Se confirmó el monto de $96.000 por "Gastos de Tratamiento Psicológico"
- Se confirmó el monto de $7.000 por "Gastos"
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Las obras sociales y clínicas tienen responsabilidad contractual por la atención médica brindada a sus afiliados.
- La pericia médica y psicológica acreditaron la mala praxis y el daño sufrido por la actora.
- El daño psíquico constituye una categoría autónoma del daño moral, que debe ser indemnizado.
- Los montos fijados se determinaron en ejercicio prudencial y razonable de la facultad del tribunal.
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