Logo

GOYENECHE ROUX, MARIA ALEJANDRA c/ OSECAC Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la falta de atención médica a su padre, paciente de la obra social. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por daño psíquico y daño moral.

Dano moral Tratamiento psicologico Responsabilidad civil Obra social Mala praxis medica Dano psiquico


¿Quién es el actor?

María Alejandra Goyeneche Roux
- Demandados: Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC), Gerenciamiento Hospitalario S.A. y TPC Compañía de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por falta de atención médica al padre del actor, quien falleció.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se confirmó la responsabilidad de las demandadas, pero se modificaron algunos montos indemnizatorios:
- Se confirmó el monto de $40.000 por "Valor Vida"
- Se hizo lugar al rubro "Daño Psíquico" y se fijó en $50.000
- Se aumentó el monto de "Daño Moral" a $150.000
- Se confirmó el monto de $96.000 por "Gastos de Tratamiento Psicológico"
- Se confirmó el monto de $7.000 por "Gastos"

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Las obras sociales y clínicas tienen responsabilidad contractual por la atención médica brindada a sus afiliados.
- La pericia médica y psicológica acreditaron la mala praxis y el daño sufrido por la actora.
- El daño psíquico constituye una categoría autónoma del daño moral, que debe ser indemnizado.
- Los montos fijados se determinaron en ejercicio prudencial y razonable de la facultad del tribunal.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar