SADAIC c/ RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
Sociedad de Autores y Compositores de Música (SADAIC) demandó a Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado por cobro de sumas de dinero. La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
¿Quién es el actor?
Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC)
¿A quién se demanda?
Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de sumas de dinero por el uso de obras musicales protegidas por la Ley 11.723
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
La Cámara consideró que:
- SADAIC está facultada legalmente para cobrar los derechos de autor por el uso de obras musicales, sin necesidad de conformidad del usuario.
- No hay discriminación ni doble imposición en aplicar un porcentaje menor a la radio pública que a las privadas, ya que el primero se calcula sobre los ingresos totales, incluidos los fondos públicos.
- El hecho de que el porcentaje se calcule sobre el presupuesto no implica un pago excesivo, ya que se trata de montos efectivamente percibidos.
- La falta de consenso previo con la parte demandada sobre los porcentajes no obsta a su aplicación, pues la ley otorga a SADAIC la facultad de fijarlos.
- La carga de desglosar los ingresos entre las distintas emisoras recae sobre la demandada, y en caso de no hacerlo, el cálculo se realizará sobre el total de los montos percibidos.
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