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CHECHILE, MARCELO ROLANDO Y OTROS c/ SOCIEDAD ELABORADORA DE ACEITES SEDA PROD INDUSTRIAL Y COMERCIAL SA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

Los actores promovieron demanda por cese de oposición al registro de la marca DULCE ESTAMPA. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que declaró infundada la oposición presentada por la demandada.

Oposicion Productos alimenticios Registro de marca Principio de especialidad Confusion de marcas


¿Quién es el actor?

Marcelo Rolando Chechile, Javier Esteban Catalano y Alvaro José Celis Cariello

¿A quién se demanda?

Sociedad Elaboradora de Aceites S.E.D.A. Productora Industrial y Comercial S.A. (SEDA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cese de oposición al registro de la marca "DULCE ESTAMPA" en clase 30 La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda, declarando infundada la oposición formulada por SEDA. La demandada apeló la sentencia. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia. Señaló que:
- El principio de especialidad determina que una marca solo puede proteger los productos de la clase en la que está registrada, y SEDA no logró acreditar una excepción a este principio que justifique ampliar la protección.
- En el cotejo de las marcas en conflicto, se advierte más diferencias que semejanzas a nivel gráfico, fonético y conceptual, por lo que no hay riesgo de confusión.

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