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NATUREX c/ FINADIET SACIFI s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

La actora promovió demanda para que se declare infundada la oposición a su solicitud de registro de la marca PACRAN. La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Confundibilidad Registro de marca Distintividad Productos farmaceuticos Diferencias graficas y foneticas


¿Quién es el actor?

Naturex

¿A quién se demanda?

Finadiet SACIFI

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cese de oposición al registro de la marca "PACRAN" en clase 5 para productos farmacéuticos y fitoterapéuticos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Los fundamentos principales son:
- La raíz "RAN" es muy difundida en la clase 5 y no es susceptible de monopolio. Por lo tanto, el resto de la marca ("PAC" vs "VAG") debe tener un rasgo fuerte que la diferencie claramente.
- Las diferencias gráficas y fonéticas entre "PAC" y "VAG" son suficientes para evitar confusión, ya que "P" y "V" tienen distinta sonoridad, al igual que "C" y "G".
- Los productos tienen finalidades terapéuticas diferentes (Pacran para problemas urinarios, Vagran para afecciones respiratorias y alergias), lo que también los diferencia.

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