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GISMERO, NORA EUGENIA c/ OSPOCE Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La actora jubilada reclamó su continuidad en la obra social privada que tenía antes de su jubilación. La Cámara revocó la resolución de primera instancia y ordenó su reafiliación con el pago de los aportes correspondientes.

Obra social Derecho a la salud Medida cautelar Afiliacion Jubilado


¿Quién es el actor?

Nora Eugenia Gismero

¿A quién se demanda?

OSPOCE y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Mantener la afiliación de la actora al plan de salud 410 de CEMIC, sin limitaciones

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la resolución de primera instancia y admitió la medida cautelar, ordenando a los demandados restituir la afiliación de la actora en las mismas condiciones previas a su jubilación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La verosimilitud del derecho se refiere a la posibilidad de que el derecho exista, no a una certeza.
- El peligro en la demora se acredita por la incertidumbre y preocupación sobre la salud de la persona.
- La Sala ha reconocido en casos similares el derecho de los jubilados a permanecer afiliados a la obra social.
- La medida cautelar solicitada es la única susceptible de cautelar el derecho invocado.
- Se debe ordenar a la ANSES la transferencia de los aportes de la actora a la obra social, para que no vayan al PAMI.

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