F. G. L. c/ OSPOCE Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
La actora promovió acción de amparo por afiliación a la obra social. La Cámara revocó la medida cautelar ordenada en primera instancia.
¿Quién es el actor?
G. L. F.
- Demandados: OSPOCE y HOSPITAL ITALIANO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Mantener la afiliación de la actora al plan médico MAB GLF, con los aportes deducidos de su haber jubilatorio.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se revoca la medida cautelar ordenada en primera instancia. Los jueces Gusman y Gottardi consideraron que el recurso de apelación carecía de una crítica concreta y razonada. El juez Recondo, en disidencia, entendió que la actora no había acreditado los requisitos para el dictado de la medida cautelar, en particular la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El recurso de apelación no contiene una crítica concreta y razonada de los agravios, limitándose a considerar cuestiones que exceden el objeto de la medida cautelar.
- La actora no acreditó claramente la opción por mantener la cobertura médica anterior, la relación entre OSPOCE y el HOSPITAL ITALIANO, ni individualizó el acto lesivo de OSPOCE. Ello impide tener por configurada la verosimilitud del derecho.
- Tampoco se advierte el peligro en la demora, dado que la actora contaría con los servicios del INSSJP.
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