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PENAYO, DARIO ABEL c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE SEGURIDAD GENDARMERIA NACIONAL s/ACCIDENTE EN EL AMBITO MILITAR Y FZAS DE SEG

Gendarme demandó al Estado Nacional por lesiones en enfrentamiento con delincuentes. La Cámara confirmó la sentencia que eximió de responsabilidad al Estado al considerar que el daño fue consecuencia de funciones típicas de la fuerza de seguridad.

Responsabilidad estatal Precedentes de la corte suprema Fuerza de seguridad Acto de servicio Riesgo propio de la funcion

Indemnización por lesiones e incapacidad sufrida en enfrentamiento con delincuentes

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que rechazó la demanda

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El daño sufrido por el gendarme fue consecuencia directa del ejercicio de funciones típicas de la fuerza de seguridad, por lo que resulta aplicable la doctrina de la Corte Suprema que excluye la responsabilidad civil del Estado en estos casos.
- Si bien el juez Antelo disiente con esta solución, la Sala mayoritaria entiende que deben acatarse los precedentes de la Corte Suprema que han reafirmado la doctrina del caso "Leston".
- Las lesiones del actor fueron calificadas "en y por acto de servicio", lo que determina que el régimen que lo rige es el administrativo y no el de derecho común.

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