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CORREA ROSELLO DANIEL GUSTAVO c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El Estado Nacional impugnó la orden de pago de una sentencia por daños, pero la Cámara confirmó que debe cumplir el procedimiento legal para afrontar las condenas judiciales.

Danos y perjuicios Estado nacional Presupuesto Procedimiento de pago Condena judicial


¿Quién es el actor?

CORREA ROSELLO DANIEL GUSTAVO

¿A quién se demanda?

ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la providencia que intimaba al Estado a pagar la liquidación aprobada. Los principales fundamentos fueron:
- El Estado debe seguir el procedimiento legal previsto en las Leyes N° 23.982 y 11.672 para pagar condenas judiciales, que implica incluir los créditos firmes en el presupuesto.
- El contenido de la sentencia que fija el monto y los intereses es suficiente para que el Estado realice la previsión presupuestaria, sin necesidad de aguardar la liquidación aprobada.
- El Estado tuvo conocimiento de la condena firme en 2018 pero recién presentó la previsión presupuestaria en 2020, incurriendo en un "excesivo retraso" que habilita la vía de cobro prevista en la Ley N° 23.982.

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