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LEDE, CONSUELO Y OTROS c/ OBRA SOCIAL ACCION SOCIAL DE EMPRESARIOS ASE s/CUMPLIMIENTO/INCUMPL PRESTAC DE OBRA SOCIAL/MED. PREPAGA

Los actores promovieron demanda por incumplimiento de prestación de obra social. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó en parte la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda.

Dano moral Discapacidad Dano punitivo Cobertura obra social Prestacion educativa


- Actores: Diego Gustavo LEDE y Cristina EZCURRA, en representación de su hija Consuelo LEDE

¿A quién se demanda?

Obra Social Acción Social de Empresarios (ASE)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incumplimiento de prestación de obra social para la cobertura de la escolaridad de Consuelo LEDE

¿Qué se resolvió?

Se confirmó el fallo que hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando a la obra social asumir el costo de la prestación educativa. Se rechazó el rubro de daño moral reclamado.
- Principales fundamentos:
- La obligación de la obra social de asumir el costo de la escolaridad de Consuelo Lede quedó firme y en autoridad de cosa juzgada en un proceso previo.
- En materia contractual, el daño moral tiene carácter restrictivo y requiere prueba del detrimento extrapatrimonial, lo cual no se acreditó suficientemente.
- Los gastos y molestias derivados de tener que reclamar judicialmente no configuran daño moral, pues son inherentes a la frustración del contrato.
- No se advirtió una conducta particularmente reprochable de la obra social que justifique la aplicación excepcional del daño punitivo.

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