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CORDOBA HECTOR HUGO Y OTROS c/ MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

Actores reclaman pago de resarcimiento por programa de propiedad participada. La Cámara confirma el rechazo de la demanda por cosa juzgada.

Costas Cosa juzgada Programa de propiedad participada Ley 26 700 Reclamo contra estado

Pago del resarcimiento establecido en los arts. 1° y 3° de la ley 26.700 y otras sumas

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda al considerar que existe cosa juzgada, dado que los mismos actores iniciaron previamente otra causa por el mismo objeto contra la empresa Aceros Zapla S.A.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La parte actora no desconoció la existencia de la causa previa contra Aceros Zapla, sino que reclamaba la diferencia entre lo percibido y lo que correspondía según la ley 26.700.
- Hay precedentes de la Cámara que han resuelto a favor de los intereses de los actores en casos similares.
- Existen diversas circunstancias que dan cuenta de la complejidad de la implementación de la ley 26.700, lo que justifica la decisión de imponer las costas en el orden causado.

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