FERNANDEZ, ROBERTO JOSE Y OTRO c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
Afiliado jubilado busca mantener cobertura de salud con obra social. La Cámara Civil y Comercial Federal confirma medida cautelar que ordenó a la obra social reincorporar y mantener la afiliación.
Mantener afiliación al plan 2-210 de OSDE como beneficiarios, tras obtener la jubilación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la medida cautelar que ordenó a OSDE reincorporar y mantener la afiliación y cobertura médica de los actores, hasta la sentencia definitiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Las medidas cautelares deben evaluarse con mayor prudencia cuando son innovativas, pero no es posible descartar su aplicación por temor a prejuzgar, cuando existen fundamentos que imponen expedirse provisionalmente.
- Para otorgar una medida cautelar no se requiere una prueba acabada del derecho, sino sólo un examen que permita percibir la probabilidad del derecho invocado (fumus boni iuris).
- La ley 23.660 establece que los jubilados quedan obligatoriamente incluidos como beneficiarios de obras sociales, por lo que el hecho de haberse jubilado no implica que deba finalizar el vínculo con la obra social.
- El peligro en la demora se verifica ante la incertidumbre sobre la continuidad de los servicios médico-asistenciales.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: