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CORVELA MARCELO ALEJANDRO Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

Telefónica de Argentina interpone recurso extraordinario contra la sentencia que parcialmente hizo lugar a la demanda de ex empleados por participación en las ganancias, cuyo rechazo se sostiene en la improcedencia del recurso excepcional.

Recurso extraordinario Prescripcion Corte suprema Utilidades Programas de propiedad participada Doctrina Empresa telefonica


¿Quién es el actor?

CORVELA MARCELO ALEJANDRO Y OTROS

¿A quién se demanda?

TELEFÓNICA DE ARGENTINA S. A. Y OTRO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por Programas de Propiedad Participada

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a Telefónica a abonar las utilidades repartidas en los 10 años anteriores a la interposición de la demanda al actor José Aníbal GOLEDI, en tanto conservara la relación de dependencia habilitante. Rechazó el recurso extraordinario interpuesto por Telefónica por considerar que los agravios remiten a cuestiones de hecho y derecho común, ajenas a la instancia excepcional. Los principales fundamentos fueron:
- Se aplicó correctamente la doctrina de la Corte Suprema en los precedentes "Gentini" y "Domínguez" sobre inconstitucionalidad del Decreto 395/92 y responsabilidad de la empresa.
- El cálculo del porcentaje participable en las ganancias se realizó conforme al Plenario "Parota" y otros precedentes del fuero.
- La invocación de doctrina federal no justifica automáticamente la admisibilidad del recurso, si no se demuestra una aplicación dogmática y errada de tales doctrinas.

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