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COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION SA c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO s/APEL. DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA

El Estado Nacional interpuso recurso extraordinario contra la resolución que declaró la inconstitucionalidad del artículo 53 del DNU 274/2019 y la incompetencia del tribunal para entender en la causa, atribuyendo la potestad revisora a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Competencia judicial Justicia contencioso administrativa Potestad revisora


¿Quién es el actor?

Coto Centro Integral de Comercialización SA

¿A quién se demanda?

Estado Nacional-Ministerio de Desarrollo Productivo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Apelación de Resolución Administrativa

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que las decisiones sobre cuestiones de competencia de los tribunales, cuando no media denegación del fuero federal, no son susceptibles de recurso extraordinario por no revestir el carácter de sentencia definitiva. En este caso, la resolución recurrida atribuye el conocimiento de la causa a la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal, sin que se verifique la excepción que habilita el recurso extraordinario. Además, el tribunal entendió que había expuesto fundamentos jurídicos suficientes para sustentar lo decidido, sin que el apelante los hubiese refutado críticamente.

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