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PINO CIBEIRA JUAN MANUEL c/ OSDE s/INCUMPLIM.DE PREST.DE OBRA SOC./ MED.PREPAGA

Padres reclaman cobertura de tratamientos a obra social. La Cámara confirma parcialmente la sentencia y ordena el reintegro de los gastos realizados, pero rechaza el reclamo por daño moral.

Dano moral Obra social Discapacidad Tratamiento Cobertura medica

Reintegro de gastos por tratamiento cognitivo y de apoyo a la integración escolar del menor, y daño moral.

¿Qué se resolvió?


- Se hace lugar parcialmente a la demanda y se ordena a OSDE reintegrar el monto abonado en exceso por las prestaciones, conforme valores del nomenclador.
- Se rechaza el reclamo de daño moral.
- Se imponen las costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Está firme la obligación de OSDE de cubrir las prestaciones reclamadas con los profesionales que atendían al menor.
- Respecto al daño moral, en un contrato no basta cualquier molestia, siendo necesaria la constatación de un padecimiento que agravie la esfera personal del damnificado, lo que no surge acreditado en autos.

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