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MARZUREL SA c/ FECOVITA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

La firma Marzurel SA solicitó el registro de la marca NATIVA para productos de la clase 32. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la demanda y la procedencia de la oposición formulada por Fecovita, titular de la marca NATIVO en la clase 33.

Registro de marca Principio de especialidad Confusion de marcas Clase 33 Oposicion marcaria Clase 32


¿Quién es el actor?

Marzurel SA

¿A quién se demanda?

Fecovita

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de registro de la marca NATIVA para la clase 32 (aguas minerales, aguas saborizadas y gaseosas)

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda y se declaró procedente la oposición de Fecovita, titular de la marca NATIVO en la clase 33. Los jueces consideraron que si bien las marcas pertenecen a clases diferentes, los productos son similares y pueden generar confusión en el público consumidor sobre el origen de los mismos. Señalaron que el principio de especialidad puede exceptuarse cuando existe una proximidad tal entre los productos que pueda provocar confusión. En este caso, al expenderse los productos en los mismos locales y tener una íntima relación, se justifica prescindir del principio de especialidad.

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