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DEMAESTRI, GABRIEL c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

El actor reclamó la cobertura total de dos medicamentos para tratar su enfermedad poco frecuente. La Cámara modificó la sentencia y ordenó a la obra social cubrir el 70% del costo de los medicamentos.

Programa medico obligatorio Osde Amparo de salud Cobertura de medicamentos Enfermedad poco frecuente Ley 26 689


¿Quién es el actor?

D.G.

¿A quién se demanda?

OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamó la cobertura total de los medicamentos Adalimumab (anti TNFalfa) y Xarelto (Rivaroxabán) para tratar su enfermedad de Behcet, considerada una enfermedad poco frecuente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó a OSDE otorgar la cobertura del 70% del costo de los medicamentos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha señalado que las sentencias deben exponer fundamentos consistentes y racionalmente sostenibles sobre la obligación de otorgar la cobertura, con sustento en una norma legal o contractual.
- El Programa Médico Obligatorio y la Resolución 310/04 del Ministerio de Salud no prevén la cobertura total de los medicamentos reclamados, por lo que no corresponde imponer una cobertura más extensa que la regulada.
- La Ley 26.689 sobre enfermedades poco frecuentes tampoco establece una cobertura integral, sino que dispone que las entidades cubran "como mínimo" las prestaciones determinadas por la autoridad de aplicación.

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