BATTICCI, ADRIANA Y OTRO c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Los actores demandaron a Edesur S.A. por daños y perjuicios derivados de cortes de suministro eléctrico. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda.
Cobro de $407.820 por daños y perjuicios sufridos por cortes de suministro eléctrico entre 01/01/2013 y 29/02/2019.
¿Qué se resolvió?
El tribunal de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda condenando a Edesur al pago de $300.000. La Cámara confirmó la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La responsabilidad de Edesur es inexcusable, ya sea como propietaria de la cosa dañosa o como prestataria del servicio. No corresponde exonerarla por fuerza mayor o caso fortuito.
- En cuanto al daño material, se confirma el monto de $80.000 por la compra de una heladera y otros gastos.
- Respecto al daño moral, se mantiene la suma de $180.000 ($ 90.000 por cada actor) considerando la cantidad y duración de los cortes.
- Procede el rubro de daño punitivo por $40.000 en razón de la conducta objetivamente descalificable de Edesur.
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