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ALMEIDA, MANUEL BELIDORO Y OTRO c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de repetidos cortes en el suministro de energía eléctrica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que condenó a la empresa distribuidora al pago de indemnizaciones por daño material y moral.

Responsabilidad objetiva Dano moral Incumplimiento contractual Dano material Corte de suministro electrico Usuario de servicio publico

Indemnización por daños y perjuicios sufridos a raíz de cortes de suministro eléctrico en el domicilio de los actores durante 10 años.

¿Qué se resolvió?

El juez de primera instancia admitió parcialmente la demanda y condenó a EDESUR al pago de $117.000 por daño material ($89.000) y daño moral ($28.000). La Cámara confirmó la sentencia apelada. Fundamentos principales:
- Está probado que hubo cortes de energía eléctrica que afectaron al domicilio de los actores entre octubre de 2007 y enero de 2015, por un total de 784 horas.
- Ello implica el incumplimiento del contrato de suministro por parte de la distribuidora, generando su responsabilidad objetiva por los daños padecidos.
- Es razonable presumir ciertos daños como pérdida de alimentos, gastos en lavado, compra de bienes sustitutivos, etc. que integran la verdad jurídica objetiva.
- Los trastornos producidos por la alteración del ritmo de vida y exigencia de encontrar medios alternativos configuran daño moral procedente.

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