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SOLAR GAS SA c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La empresa Solar Gas S.A. demandó a Edesur S.A. por daños derivados de la interrupción del servicio de energía eléctrica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la sentencia y condenó a Edesur a indemnizar los daños por lucro cesante.

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¿Quién es el actor?

Solar Gas S.A.

¿A quién se demanda?

Edesur S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por interrupción del servicio de energía eléctrica.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda, y condenó a Edesur a pagar $25.000 en concepto de lucro cesante, más intereses. Confirmó el rechazo de los daños punitivos. Fundamentos principales:
- Los jueces no están obligados a tratar todos los argumentos, sino solo los conducentes a la resolución del litigio.
- Respecto al lucro cesante, si bien no se probó de manera directa, corresponde aplicar la doctrina de la pérdida de chance, valorando los elementos del peritaje contable y el informe del ENRE.
- No corresponde aplicar los daños punitivos, ya que no se acreditó una conducta particularmente grave de Edesur.
- Se imponen las costas de primera instancia a la demandada, y las de Alzada se distribuyen por mitad.

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