SOLAR GAS SA c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La empresa Solar Gas S.A. demandó a Edesur S.A. por daños derivados de la interrupción del servicio de energía eléctrica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la sentencia y condenó a Edesur a indemnizar los daños por lucro cesante.
¿Quién es el actor?
Solar Gas S.A.
¿A quién se demanda?
Edesur S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por interrupción del servicio de energía eléctrica.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda, y condenó a Edesur a pagar $25.000 en concepto de lucro cesante, más intereses. Confirmó el rechazo de los daños punitivos.
Fundamentos principales:
- Los jueces no están obligados a tratar todos los argumentos, sino solo los conducentes a la resolución del litigio.
- Respecto al lucro cesante, si bien no se probó de manera directa, corresponde aplicar la doctrina de la pérdida de chance, valorando los elementos del peritaje contable y el informe del ENRE.
- No corresponde aplicar los daños punitivos, ya que no se acreditó una conducta particularmente grave de Edesur.
- Se imponen las costas de primera instancia a la demandada, y las de Alzada se distribuyen por mitad.
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