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THE COCA COLA COMPANY c/ KINDIUK, ALFREDO JUAN AUGUSTO s/APEL. DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA

La marca KINDIUK no genera confusión con la marca KIN de Coca Cola Company. Se confirma la resolución que denegó la oposición.

Oposicion Marca Confundibilidad Registro de marca Distintividad Nombre y apellido

¿Qué se resolvió en el fallo?

The Coca Cola Company interpuso un recurso directo contra la resolución que declaró infundada su oposición a la marca "KINDIUK" solicitada por Alfredo Juan Augusto Kindiuk. La Cámara analizó los agravios de Coca Cola y concluyó que las marcas no son confundibles gráfica, fonética ni ideológicamente. Si bien comparten la raíz "KIN", la desinencia "DIUK" en la marca solicitada le aporta distintividad. Además, el apellido del solicitante tampoco genera confusión con la marca de fantasía de Coca Cola. Por lo tanto, se confirma la resolución que rechazó la oposición, sin costas por no haber contradictorio.

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