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POLITO, ANALIA ESTHER c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

Jubilada logra mantener su afiliación al plan de salud superior tras apelación. La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que ordenó a las obras sociales mantener la cobertura.

Costas Obra social Jubilacion Amparo Plan de salud Transferencia de aportes

Mantener afiliación a plan de salud superior tras jubilación

¿Qué se resolvió?

La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al amparo y ordenado a las obras sociales mantener la afiliación de la actora al plan de salud superior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que, con el fin de que los aportes de la actora lleguen a OSOCNA y no al INSSJP, se deberá oficiar a la ANSES para que proceda a la transferencia. OSOCNA deberá desregularlos y transferirlos a OSDE. La actora deberá abonar la diferencia entre esos aportes y el valor del plan contratado. Se confirma la imposición de costas a las demandadas.
- Voto en disidencia: El juez Guillermo Alberto Antelo propone revocar la sentencia apelada, siguiendo el criterio expuesto en la causa "D'Amico, Nilda Margarita c/ OSDE y otro s/ amparo de salud".

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