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MERCURI, MARTA BEATRIZ c/ OSOCNA Y OTRO s/SUMARISIMO DE SALUD

La actora reclamó mantener su afiliación a la obra social tras acceder a la jubilación. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y ordenó la transferencia de aportes a la obra social.

Obra social Medida cautelar Amparo de salud Jubilado Derivacion de aportes

Mantener afiliación a la obra social (plan 310) tras obtener la jubilación, mediante derivación de aportes.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la resolución de primera instancia que admitió la medida cautelar solicitada y ordenó a OSOCNA y OSDE mantener la afiliación de la actora mediante derivación de aportes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara citó precedentes de la misma Sala que confirmaron el derecho del jubilado a mantener su afiliación a la obra social mediante derivación de aportes (causas "Modarelli" y "D.A."). Ordenó oficiar a ANSES para que proceda a la transferencia de los aportes de la actora a OSOCNA y no al INSSJP-PAMI.
- Voto en disidencia: El juez Guillermo Alberto Antelo propuso revocar la resolución apelada, remitiéndose al criterio expuesto en la causa "Rosolen" de la Sala I.

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