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CLINICA LAS ARAUCARIAS SA c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

La Clínica Las Araucarias SA reclamó el reintegro de gastos de internación de afiliada a OSPIA. La Cámara confirmó la condena a OSPIA a pagar esos gastos por considerar que la cobertura médica debía mantenerse ininterrumpidamente.

Obra social Medida cautelar Cobertura medica Persona con discapacidad Internacion prolongada Continuidad de prestaciones

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Clínica Las Araucarias SA demandó a la Obra Social del Personal de la Industria de la Alimentación (OSPIA) para que reintegre los gastos de internación de la afiliada Petrona Ludueña durante el período del 11/10/2017 al 09/07/2018, por un monto de $1.617.400. La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda, y OSPIA apeló. La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia apelada. Señaló que OSPIA tenía la obligación de brindar cobertura ininterrumpida a la afiliada, quien padecía un cuadro neurológico grave, y que la medida cautelar dictada dispuso la continuidad de la internación a cargo de OSPIA, más allá de que ese decisorio estuviera apelado. Destacó que OSPIA había cubierto previamente la internación de la afiliada sin restricciones, por lo que no correspondía ahora recortar la cobertura. La Cámara también confirmó la imposición de costas a la obra social.

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