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COPPEL SA DE CV c/ ROSENBLIT, ANDREA JORDANA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

La empresa Coppel SA de CV promovió demanda para declarar infundadas las oposiciones de Andrea Jordana Rosenblit al registro de sus marcas. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó a la demandada soportar las costas del proceso.

Costas Oposicion Allanamiento Marcas Proceso marcario


¿Quién es el actor?

Coppel SA de CV
- Demandada: Andrea Jordana Rosenblit

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de declaración de infundadas las oposiciones de la demandada al registro de las marcas "PROCOOK", "PRO COOK" (mixta) y "PRO COOK" de Coppel.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que las costas del proceso sean soportadas por la demandada. El tribunal consideró que el allanamiento de la demandada no fue oportuno, ya que pudo haber retirado las oposiciones en la instancia administrativa o de mediación previa, pero no lo hizo, obligando a Coppel a iniciar la acción judicial. Por lo tanto, la demandada debe soportar las costas en ambas instancias.

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