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OSTROWER, MIRTA NOEMI c/ DOSUBA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora demandó a DOSUBA por el incremento abusivo de la cuota de afiliación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia, ordenando reajustar la cuota de acuerdo a los aumentos aplicados a los afiliados activos.

Derecho a la salud Abuso de derecho Derechos del consumidor Obra social universitaria Cuota de afiliacion

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Mirta Noemí Ostrower, demandó a DOSUBA por considerar abusivo y arbitrario el incremento del 400% en su cuota de afiliación luego de obtener su jubilación.
- El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, declarando la nulidad del aumento y ordenando el reintegro de los montos cobrados.
- DOSUBA apeló, alegando que la decisión vulneraba su autonomía universitaria y que el régimen aplicable a las obras sociales universitarias es especial.
- La Cámara modificó parcialmente la sentencia, considerando que si bien el aumento dispuesto fue intempestivo e irrazonable, la solución de congelar la cuota a valores de junio 2017 a perpetuidad resultaba exorbitante.
- Resolvió que la cuota de la actora debía retrotraerse a junio 2017 y luego aplicarse los aumentos que se hubieran aplicado a los afiliados activos.
- La Cámara entendió que DOSUBA contaba con las vías reglamentarias para modificar las cuotas de manera progresiva y razonable, pero se desentendió del procedimiento establecido, actuando de manera abusiva.

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