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FERRARI, FEDERICO GERMAN Y OTRO c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de interrupciones del servicio de energía eléctrica. La Cámara Civil y Comercial Federal modificó la sentencia y redujo los montos indemnizatorios por daño material y moral, pero confirmó la aplicación de daños punitivos.

Responsabilidad objetiva Dano moral Incumplimiento contractual Dano material Danos punitivos Servicio publico Interrupcion del servicio electrico


¿Quién es el actor?

Federico Germán Ferrari y Marcela Laura Olivera

¿A quién se demanda?

Empresa Distribuidora Sur (Edesur)
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios por interrupciones del servicio de energía eléctrica entre 2019 y 2022.
- Decisión del tribunal:
- Se confirma la responsabilidad de Edesur por la deficiente prestación del servicio.
- Se reduce el monto de indemnización por daño material a $200.000 para ambos actores.
- Se reduce el monto de indemnización por daño moral a $1.000.000 para ambos actores.
- Se confirma la aplicación de daños punitivos, fijándolos en $500.000 para ambos actores.
- Se modifican las costas de alzada, distribuyéndolas 80% a la demandada y 20% a la parte actora. Fundamentos relevantes:
- La responsabilidad de Edesur es objetiva por tratarse de una empresa prestadora de un servicio público.
- Los cortes reiterados y prolongados del servicio generaron un daño moral que merece indemnización.
- La conducta negligente y despreocupada de Edesur justifica la aplicación de daños punitivos.
- La cuantificación de los daños punitivos debe considerar la gravedad de la falta, la posición de mercado del infractor y el efecto preventivo de la sanción.

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